CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES
NICOBASTACINEMA

Fecha del evento:

ENTRE:
Novios:
Filmmakers: Nicolás Basta, Y9993809R y Fernanda Mauro, Z0924025M con domicilio en calle Heura 14-A, Palma de Mallorca, Illes Balears, España.
Se conviene celebrar un contrato de servicio sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO:
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de la realización del cortometraje de la boda.
LAS PARTES, manifiestan por medio del presente que, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada, las personas que se encargarán del servicio serán Nicolás Basta y Fernanda Mauro.

SEGUNDA. LOCACION DE LA BODA:

TERCERA. SERVICIOS CONTRATADOS:
Dos filmmakers CINE 4K.
Cobertura completa de la boda.
Cámaras Cinema Line.
Drone 4K 10 bits PRO*
Cortometraje: duración 15-20 minutos.
Teaser.
Reels.

Extras.
Frames.
*Si bien el drone es parte de nuestro equipamiento y contamos con matrícula P-268-2020, puede haber circunstancias, tales como emergencias aéreas sanitarias cercanas o alto tráfico aéreo en que no sea posible despegar.

CUARTA. COSTO DEL SERVICIO CONTRATADO Y FORMA DE PAGO:
El pago total del servicio deberá liquidarse con un máximo de 30 días antes de la fecha de la boda.

SEÑA €
RESTO €
TOTAL €

*La seña no es reembolsable ya que la misma bloquea la fecha en nuestro calendario de bodas.

QUINTA. TIEMPO Y FORMA DE ENTREGA:
El cortometraje final de la boda se entregará en un plazo máximo de 120 días posteriores al evento, a través de un link web privado protegido con contraseña.
Dicho link incluye el video online, con una vigencia de un año y links de descarga, con una vigencia de un mes.

SEXTA. FORMA DE TRABAJO:
Los filmmakers comenzarán a registrar la boda en la locación de la ceremonia desde dos horas antes del inicio de la misma hasta la finalización de la boda.

SÉPTIMA. REQUISITOS:
Durante la boda los filmmakers deberán tener a disposición:
Una mesa donde transcurre la boda. Debe ser exclusiva, segura y provista de un tomacorriente para carga de baterías de cámaras, drone, monitores y grabadoras de sonido. Almuerzo o cena según corresponda y agua.
NO se trabajará si hay láseres en el evento ya que dañan los equipos.

OCTAVA. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
En el supuesto que el contrato se incumpliera por causas imputables a:
Novios:
las cantidades entregadas a cuenta, quedarán en beneficio de los Filmmakers: Nicolás Basta, Y9993809R y Fernanda Mauro, Z0924025M, en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.
En el supuesto que la fecha de la boda se modificara por decisión de los novios, el importe de la reserva deberá ser abonado nuevamente dado que la fecha original anuló esa fecha como disponible en nuestro calendario.
En el supuesto de que el contrato se incumpliera por causas imputables a Nicolás Basta, Y9993809R y Fernanda Mauro, Z0924025M, salvo causa de fuerza mayor o imposibilidad manifiesta, los mismos se comprometen a enviar un equipo de profesionales a la altura de las circunstancias para garantizar el servicio.